Articulo 174 Reglamento d...a Vivienda

Articulo 174 Reglamento de Protección Pública a la Vivienda

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 174. Otras ayudas.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Por Orden del conseller competente en materia de vivienda se podrán establecer otro tipo de ayudas y subvenciones personales, compatibles o no con las establecidas en el artículo anterior, que serán tramitadas por el Instituto Valenciano de Vivienda, SA., o entidad pública que le sustituya.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-05-2007 en vigor desde 22-08-2007