Articulo 174 Reglamento marco de coordinación de las policías locales
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»Artículo 174. Puntuación final de la oposición para la categoría de policía
Vigente
La calificación final de la oposición debe ser la media aritmética de las puntuaciones otorgadas en las pruebas evaluables mediante puntuación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-05-2019 en vigor desde 26-05-2019