Articulo 174 Código de accesibilidad

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Artículo 174. Codificación de las tarjetas

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Con la finalidad de identificar las tarjetas de todas las modalidades de uso individual y colectivo en todo el territorio de Cataluña, los entes locales tienen que hacer constar en las tarjetas de aparcamiento para personas con discapacidad que expidan anualmente un código de 19 dígitos o 20, de acuerdo con las instrucciones siguientes:

a) 5 primeros dígitos del código de municipio correspondiente, según el anexo 3 de la Orden ECF/105/2005, de 9 de febrero, por la que se modifica el sistema de codificación de las entidades locales, entes de gestión, consorcios y sociedades con participación pública local, con fines estadísticos, o norma que la sustituya.

b) 4 dígitos para indicar el año de expedición.

c) 5 dígitos para numerar correlativamente las tarjetas que el ente local correspondiente concede durante el año en curso.

d) 5 últimos caracteres del NIF o NIE del titular (cuatro dígitos y la letra) en el caso de las tarjetas de modalidad de uso individual, y los 5 últimos dígitos del NIF o NIE en el caso de las tarjetas de modalidad de transporte colectivo.

e) 1 dígito para numerar los ejemplares duplicados emitidos de aquella tarjeta. En este caso, el código de la tarjeta tendrá 20 dígitos.

Ejemplo

08019 - 2016 - 00001 - 9999k

Barcelona - año - núm. TA - NIF o NIE

17077 - 2016 - 00015 - 9485A - 1

Garriguella - año - núm. TA - NIF - copia 1

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-11-2023 en vigor desde 01-03-2024