Articulo 173 Puertos y transporte en aguas marítimas y continentales
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»Artículo 173. Exenciones
Vigente
Están exentos de la tasa de embarque, desembarque y tránsito de pasajeros en régimen de pasaje:
a) Los menores de cuatro años.
b) El personal de la Administración general del Estado, de las comunidades autónomas y de los municipios en servicio oficial.
c) El personal de la Unión Europea o de uno de los estados miembros de la Unión Europea en servicio oficial.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 30-03-2020