Articulo 173 Puertos y tr...tinentales

Articulo 173 Puertos y transporte en aguas marítimas y continentales

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Artículo 173. Exenciones

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Están exentos de la tasa de embarque, desembarque y tránsito de pasajeros en régimen de pasaje:

a) Los menores de cuatro años.

b) El personal de la Administración general del Estado, de las comunidades autónomas y de los municipios en servicio oficial.

c) El personal de la Unión Europea o de uno de los estados miembros de la Unión Europea en servicio oficial.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2019 en vigor desde 30-03-2020