Articulo 173 Atención y d...olescencia

Articulo 173 Atención y derechos de la infancia y la adolescencia

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Artículo 173. Incumplimiento de los deberes de convivencia en el centro

Vigente

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Son incumplimientos de los deberes de convivencia por parte de los niños, niñas y adolescentes las siguientes conductas:

a) El incumplimiento de las normas de funcionamiento y de convivencia del centro.

b) La promoción y la participación activa en actos o conductas que supongan la alteración del orden del centro o la insubordinación respecto al personal del centro.

c) El abandono del centro sin autorización o el hecho de intentarlo reiteradamente.

d) El hecho de causar daños en las dependencias, los materiales y los efectos del centro o a las pertenencias de otras personas.

e) Los actos de incorrección o desconsideración hacia los compañeros o el personal del centro.

f) Las faltas de puntualidad.

g) Cualquier otra incorrección que altere el desarrollo normal de la convivencia en el centro.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-02-2019 en vigor desde 28-05-2019