Articulo 172 Reglamento G...irculación

Articulo 172 Reglamento General de Circulación

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Artículo 172. Formato de las marcas viales.

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La forma, color, diseño, símbolos, significado y dimensiones de las marcas viales figuran en el Catálogo oficial de señales de circulación. La forma, símbolos y nomenclatura de las correspondientes marcas figuran también en el anexo I de este reglamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-12-2003 en vigor desde 23-01-2004