Articulo 172 Medidas 1996 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»Artículo 172.
Vigente
Los costes derivados de la retirada y gestión de los cabezales de pararrayos radiactivos que no hayan sido satisfechos a la «Empresa Nacional de Residuos Radioactivos, Sociedad Anónima» (ENRESA) con cargo al presupuesto de gastos del Ministerio de Industria y Energía, así como aquellos gastos que se generen por este concepto con posterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, se financiarán con cargo a los rendimientos financieros integrados en el fondo a que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/1994, de 30 de diciembre, de Ordenación del Sistema Eléctrico Nacional.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-1996 en vigor desde 01-01-1997