Articulo 172 Educación de Andalucía
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»Artículo 172. Centros docentes de titularidad municipal.
Vigente
La Administración educativa podrá establecer convenios de cooperación con las Corporaciones locales para la creación de centros de titularidad municipal que impartan enseñan-zas del sistema educativo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2007 en vigor desde 25-01-2008