Articulo 171 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 171.- Exenciones.
Vigente
Están exentos del pago de la tasa los desempleados, las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014