Articulo 170 Texto de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario
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»Artículo 170.
Vigente
Los preceptos de esta Ley relativos a comarcas y fincas mejorables no serán de aplicación a las zonas de suelo urbano o de reserva urbana ni afectarán a las limitaciones urbanísticos establecidas por la Ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-02-1973 en vigor desde 23-02-1973