Articulo 17 TR de la Ley de Subvenciones
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Articulo 17 TR. de la Ley de Subvenciones

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Artículo 17. Tramitación urgente de subvenciones.

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1. La tramitación urgente de procedimientos de subvención se regirá por las siguientes reglas:

a) La declaración de urgencia, que tendrá carácter excepcional cuando la Administración tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastróficos o de situaciones sobrevenidas que supongan grave peligro o graves daños para los intereses generales o el tejido empresarial, podrá realizarse para procedimientos concretos, por ámbitos materiales específicos de la acción pública o en relación con las actuaciones necesarias de acuerdo con los acontecimientos o situación que justifiquen la urgencia.

b) Las nuevas líneas de subvenciones podrán tramitarse en todo caso en un expediente único que incluya las modificaciones precisas del plan estratégico, la elaboración de las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas.

c) Excepcionalmente, el Gobierno de Aragón podrá acordar, a propuesta motivada de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma, la aplicación respecto de determinados actos o áreas de gestión sujetos a esta forma de tramitación del control financiero regulado en el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, en sustitución de la función interventora. El acuerdo adoptado se comunicará a las Intervenciones Delegadas y a los órganos gestores afectados por ellas y mantendrá sus efectos por el plazo estrictamente indispensable expresamente establecido en función de los acontecimientos o situaciones sobrevenidas que hayan determinado la urgencia.

2. El plazo para evacuar los informes preceptivos de la Intervención General y la Dirección General de Servicios Jurídicos en estos procedimientos señalados será de cinco días, transcurridos los cuales, en ausencia de pronunciamiento expreso, podrá continuarse el procedimiento. No se requerirán informes preceptivos ni, en su caso, será precisa autorización del Gobierno de Aragón para la modificación del plan estratégico.