Articulo 17 TR. de la ley de conservación de la naturaleza
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 17.-
Vigente
Son zonas o lugares incluidos en la Red Europea Natura 2000 los designados conforme a las directivas europeas 92/43/CEE o de Hábitats y 2009/147/CE o de Aves y a su trasposición a la legislación española por medio de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.