Articulo 17 Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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»Artículo 17. Equipos profesionales
Vigente
Los equipos profesionales constituyen el elemento central de intervención del Sistema Público de Servicios Sociales y tienen el cometido de llevar a cabo y procurar el acceso a las diferentes medidas de apoyo que procedan y que requiera cada persona, familia o grupo, asegurando su integralidad y su correcta aplicación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 22-12-2022 en vigor desde 11-01-2023