Articulo 17 Resiliencia o...financiero

Articulo 17 Resiliencia operativa digital del sector financiero

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Artículo 17. Proceso de gestión de incidentes relacionados con las TIC

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1. Las entidades financieras definirán, establecerán y aplicarán un proceso de gestión de incidentes relacionados con las TIC para detectar, gestionar y notificar dichos incidentes.

2. Las entidades financieras registrarán todos los incidentes relacionados con las TIC y las ciberamenazas importantes. Las entidades financieras establecerán los procedimientos y procesos adecuados para que los incidentes relacionados con las TIC sean objeto de un seguimiento, un tratamiento y una respuesta coherentes e integrados, a fin de asegurarse de que se identifiquen, se documenten y se aborden las causas subyacentes para evitar que se produzcan.

3. El proceso de gestión de incidentes relacionados con las TIC mencionado en el apartado 1:

a) establecerá indicadores de alerta temprana;

b) establecerá procedimientos para identificar, rastrear, registrar, categorizar y clasificar los incidentes relacionados con las TIC en función de su prioridad y gravedad y en función del carácter esencial de los servicios perjudicados, conforme a los criterios establecidos en el artículo 18, apartado 1;

c) asignará funciones y responsabilidades que deban activarse para los diferentes tipos y escenarios de incidentes relacionados con las TIC;

d) expondrá planes para la comunicación con el personal, las partes interesadas externas y los medios de comunicación de conformidad con el artículo 14, para la notificación a los clientes, para los procedimientos internos de traslado a la instancia jerárquica superior, que abarquen también las reclamaciones de los clientes relacionadas con las TIC, así como para el suministro de información a las entidades financieras que actúen como contraparte, según proceda;

e) garantizará que al menos los incidentes graves relacionados con las TIC se pongan en conocimiento de los altos directivos pertinentes y que se informe de ellos al órgano de dirección, explicando sus repercusiones, las medidas adoptadas como respuesta y los controles adicionales que se prevé implantar como resultado de estos incidentes graves relacionados con las TIC;

f) establecerá procedimientos de respuesta a los incidentes relacionados con las TIC para mitigar sus repercusiones y garantizar que los servicios sean nuevamente operativos y seguros de manera oportuna.