Articulo 17 Requisitos para garantizar la seguridad de redes y servicios 5G
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»Artículo 17. Gestión de seguridad por las Administraciones públicas.
Vigente
1. Las administraciones públicas deberán adoptar medidas técnicas y de organización adecuadas para gestionar los riesgos existentes en la instalación, despliegue y explotación de redes 5G y en la prestación de servicios 5G.
2. En particular, las administraciones públicas que quieran llevar a cabo la instalación, despliegue y explotación de redes 5G, ya sean públicas o privadas, o la prestación de servicios 5G, disponibles al público o en autoprestación, no podrán, por razones de seguridad nacional, utilizar equipos, productos y servicios proporcionados por suministradores de alto riesgo o riesgo medio.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-03-2022 en vigor desde 31-03-2022