Articulo 17 Reglamento de...de la CNMV

Articulo 17 Reglamento de Régimen Interior de la CNMV

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Artículo 17. Reuniones.

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1. El Consejo de la CNMV podrá reunirse en sesiones ordinarias y extraordinarias tanto de forma presencial como a distancia. En las sesiones que se celebren a distancia, sus miembros podrán encontrarse en distintos lugares siempre y cuando se asegure por medios electrónicos la identidad de los miembros, el contenido de sus manifestaciones, el momento en que éstas se producen, así como la interactividad e intercomunicación entre ellos en tiempo real y la disponibilidad de los medios durante la sesión. Entre otros, se considerarán incluidos entre los medios electrónicos válidos el correo electrónico, las audioconferencias y las videoconferencias.

2. El Consejo celebrará, regularmente, una sesión cada mes.

3. Salvo que no resulte posible, las convocatorias serán remitidas a los miembros del Consejo a través de medios electrónicos, haciendo constar en ellas el orden del día, junto con la documentación necesaria para la deliberación sobre los distintos puntos, las condiciones en las que se va a celebrar la sesión, el sistema de conexión y, en su caso, los lugares en que estén disponibles los medios técnicos necesarios para asistir y participar en la reunión.

4. Los miembros del Consejo podrán solicitar la celebración de reuniones extraordinarias, que deberán convocarse siempre que la petición hubiese sido formulada, al menos, por dos miembros del Consejo. La solicitud deberá señalar expresamente el orden del día de la convocatoria.

La convocatoria de las sesiones extraordinarias se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud.

5. Cuando estuvieran reunidos, de manera presencial o a distancia, el Secretario y todos los miembros del Consejo, éstos podrán constituirse válidamente para la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos sin necesidad de convocatoria previa si así lo deciden unánimemente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2019 en vigor desde 29-12-2019