Articulo 17 Reglamento del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 17. Bienes adicionables en supuestos de endoso de valores o efectos.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por Norma Foral 2/2022, de 10 de marzo, del lmpuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
(BOG de 17-03-2022) en vigor desde 17-04-2022