Articulo 17 Puertos de Galicia

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Artículo 17. Actos no sujetos a derecho administrativo

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Frente a los actos no sujetos a derecho administrativo las personas interesadas podrán acudir a los juzgados y tribunales de la jurisdicción competente.

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  • Texto Original. Publicado el 14-12-2017 en vigor desde 14-06-2018