Articulo 17 Proyectos Est...s Públicos

Articulo 17 Proyectos Estratégicos, Simplificación Administrativa y Evaluación de los Servicios Públicos

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Artículo 17. Presentación de documentos.

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1. De conformidad con lo dispuesto en la legislación básica estatal, los ciudadanos tienen derecho a no aportar datos y documentos no exigidos por las normas aplicables o que ya se encuentren en poder de cualquier órgano de la Administración autonómica o de otras administraciones públicas siempre que se pueda acceder a estos últimos por medios telemáticos.

2. Para el efectivo cumplimiento de lo anterior, los datos y documentos en soporte electrónico de que dispongan los órganos de la Administración regional, que resulten necesarios para el cumplimiento de los servicios y trámites de competencia de otros órganos de la misma, habrán de ser puestos a disposición de estos y del resto de administraciones públicas mediante la plataforma a la que se refiere el artículo 19 de esta ley. La consejería competente en materia de inspección y calidad de los servicios se encargará del efectivo cumplimiento de este proceso.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-03-2014 en vigor desde 28-03-2014