Articulo 17 Principios ge... turística

Articulo 17 Principios generales y directrices de coordinación en materia turística

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Artículo 17. Desarrollo por parte de los consejos insulares

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Los consejos insulares, en el ámbito de sus competencias, pueden desarrollar la regulación de las comisiones de valoraciones de dispensas respetando los principios generales establecidos en este capítulo.

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  • Texto Original. Publicado el 18-04-2015 en vigor desde 19-04-2015