Articulo 17 Prevención y ... de género

Articulo 17 Prevención y el tratamiento integral de la violencia de género

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Artículo 17. Escolarización inmediata en caso de violencia de género.

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La Xunta de Galicia asegurará la escolarización inmediata de las niñas y los niños que se vean afectados por cambios de centro derivados de situaciones de violencia de género. Asimismo, facilitará que los centros educativos presten una atención especial a dicho alumnado.

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  • Texto Original. Publicado el 07-08-2007 en vigor desde 08-08-2007