Articulo 17 Prevención y Protección Ambiental
Artículo 17. Propuesta de plan o programa.
1. El promotor elaborará la propuesta final de plan o programa teniendo en cuenta el estudio ambiental estratégico, el resultado de las consultas y las alegaciones formuladas en el trámite de información pública a que se refiere el artículo anterior.
2. El promotor remitirá al órgano ambiental el expediente de evaluación ambiental estratégica completo, integrado por.
a) La propuesta final de plan o programa.
b) El estudio ambiental estratégico.
c) El resultado de información pública y de las consultas.
d) Un documento resumen en el que el promotor describa la integración en la propuesta final del plan o programa de los aspectos ambientales, del estudio ambiental estratégico y de su adecuación al documento de alcance, del resultado de las consultas realizadas y cómo estas se han tomado en consideración.
- Texto Original. Publicado el 10-12-2014 en vigor desde 11-12-2014