Articulo 17 Prevención y ... Ambiental

Articulo 17 Prevención y Protección Ambiental

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Artículo 17. Propuesta de plan o programa.

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1. El promotor elaborará la propuesta final de plan o programa teniendo en cuenta el estudio ambiental estratégico, el resultado de las consultas y las alegaciones formuladas en el trámite de información pública a que se refiere el artículo anterior.

2. El promotor remitirá al órgano ambiental el expediente de evaluación ambiental estratégica completo, integrado por.

a) La propuesta final de plan o programa.

b) El estudio ambiental estratégico.

c) El resultado de información pública y de las consultas.

d) Un documento resumen en el que el promotor describa la integración en la propuesta final del plan o programa de los aspectos ambientales, del estudio ambiental estratégico y de su adecuación al documento de alcance, del resultado de las consultas realizadas y cómo estas se han tomado en consideración.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-12-2014 en vigor desde 11-12-2014