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Articulo 17 Presupuestos Generales 2024 de Navarra

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Artículo 17. Compensaciones retributivas a los empleados públicos docentes que intervienen en los procedimientos de evaluación, reconocimiento y acreditación de las competencias profesionales.

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1. El personal docente al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos que sea designado para intervenir en las fases de asesoramiento o evaluación de los procedimientos de acreditación de la competencia profesional que sea convocado por los departamentos con competencias en la materia, conforme a lo regulado en el Decreto Foral 66/2014, por el que se establecen las normas para la implantación en la Comunidad Foral del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de otras vías no formales de formación, y la estructura organizativa responsable del mismo, tendrá derecho a percibir las siguientes retribuciones:

a) Personas asesoras del procedimiento de acreditación:

-Compensación por persona candidata que incluya:

Hasta 3 unidades de competencia asesoradas 120 euros.

De 4 a 6 unidades de competencia asesoradas 150 euros.

Más de 6 unidades de competencia asesoradas 180 euros.

-Complemento por cualificación extra de la misma familia profesional para una misma persona candidata 50 euros.

b) Personas evaluadoras del procedimiento de acreditación:

-Compensación como persona evaluadora principal por persona candidata que incluya:

Hasta 3 unidades de competencia evaluadas 130 euros.

De 4 a 6 unidades de competencia evaluadas 165 euros.

Más de 6 unidades de competencia evaluadas 200 euros.

-Compensación como persona evaluadora secundaria por persona candidata que incluya:

Hasta 3 unidades de competencia evaluadas 60 euros.

De 4 a 6 unidades de competencia evaluadas 75 euros.

Más de 6 unidades de competencia evaluadas 90 euros.

-Compensación como persona responsable de Comisión de evaluación (por grupo).

Presidencia de la Comisión de evaluación 200 euros.

Secretaría de la Comisión de evaluación 100 euros.

Estas retribuciones se establecen como compensación a la preparación y desarrollo de las sesiones de asesoramiento y evaluación, a la atención directa a las personas candidatas, a la gestión documental del procedimiento y al trabajo de coordinación con las administraciones convocantes.

2. El Gobierno de Navarra podrá autorizar, mediante decreto foral, la compensación por su intervención en el procedimiento a otras figuras distintas de las personas asesoras y evaluadoras, cuya colaboración se pudiera considerar necesaria para el buen desarrollo de los procedimientos de acreditación de la competencia profesional.