Articulo 17 Presupuestos 2019 Galicia

Articulo 17 Presupuestos 2019 Galicia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 17. Contratación de personal vinculado a encomiendas de gestión

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Durante el año 2019 las encomiendas de gestión que se realicen por la Administración de la Xunta de Galicia, sus organismos autónomos o agencias públicas a las entidades a que se refieren los apartados f), h) e i) del artículo 11.Uno de la presente ley no podrán suponer la contratación de personal temporal por parte de dichas entidades con cargo a las cuantías recibidas como contraprestación de la realización de las encomiendas de gestión.

Quedan exceptuadas de lo dispuesto en el párrafo anterior las contrataciones de personal temporal que estuviesen previstas en el programa de actuación, inversión y financiación.

Esta limitación no será de aplicación a proyectos financiados con fondos finalistas del Estado y de la Unión Europea.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-12-2018 en vigor desde 01-01-2019