Articulo 17 Ordenación minera
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»Artículo 17. Condiciones especiales de la solicitud de derechos mineros de la sección A
Vigente
Además de la documentación exigida en el artículo 15 de esta ley, en la solicitud de derechos mineros de la sección A ha de adjuntarse la documentación que acredite el derecho del aprovechamiento cuando el yacimiento esté en terrenos de propiedad privada, de conformidad con la legislación específica de minas. Cuando el yacimiento esté en terrenos de propiedad pública, es necesario el título habilitante de la administración titular.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-10-2014 en vigor desde 10-10-2014