Articulo 17 Normas de uni...rdia Civil

Articulo 17 Normas de uniformidad de la Guardia Civil

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Artículo 17. Tipos y modalidades específicos.

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La composición de prendas que componen los mismos será regulada por la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil en las disposiciones de desarrollo de estas normas.

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  • Texto Original. Publicado el 04-03-2023 en vigor desde 24-03-2023