Articulo 17 Modificación de la Ley 5/2005 -conservación de espacios de relevancia ambiental (LECO)-
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»Artículo decimoséptimo. Modificación del artículo 41 ter de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO)
Vigente
Se modifica el apartado 2 del artículo 41 ter de la Ley 5/2005, que queda redactado de la siguiente manera:
"2. El procedimiento para elaborar o modificar los planes a los que se refiere el apartado anterior es el establecido, respectivamente, en los artículos 6 ter y 6 quater de esta ley, con las siguientes particularidades:
a) Se someterá a los trámites previstos en los artículos 21 y 39 de esta ley.
b) La participación de otras consejerías debe limitarse a las competentes en materia de deportes y juventud, educación y cultura, ordenación del territorio, energía, movilidad, turismo y, en todo caso, a los ayuntamientos y a los consejos insulares afectados por el plan."