Articulo 17 Mejoramiento ...s y villas

Articulo 17 Mejoramiento urbano, ambiental y social de los barrios y villas

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 17. Programa memoria de intervención integral

Vigente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min


1. Los municipios deben elaborar participativamente un programa memoria de intervención integral en el que se justifique la necesidad de actuación de acuerdo con las situaciones a las que se refiere el artículo 11, la definición de las actuaciones para conseguir los objetivos establecidos y la delimitación del área de atención especial.

2. De acuerdo con la tipología establecida en el artículo 16.1, se distinguen los dos siguientes tipos de programa memoria:

a) Programas memoria para la financiación de nuevos proyectos de intervención integral, destinados a áreas que no han recibido financiación previamente o que, a pesar de haber recibido financiación del Fondo de Recuperación Urbana, Ambiental y Social de Barrios y Villas de Atención Especial o de otros programas de regeneración urbana, plantean la necesidad de una nueva intervención.

b) Programas memoria de continuidad, destinados a áreas que han recibido financiación del Fondo de Recuperación Urbana, Ambiental y Social de Barrios y Villas de Atención Especial o de otros programas de regeneración urbana y que requieren intervenciones para mantener o intensificar las transformaciones ya iniciadas.

3. Corresponde al Gobierno establecer las características que debe cumplir el programa memoria de intervención integral, que debe contener:

a) La delimitación del área en la que se quiere intervenir, y la descripción de su situación social, urbanística, ambiental y económica.

b) La propuesta de actuación, con el detalle de todas las acciones previstas, justificando debidamente su necesidad mediante una recopilación de indicadores y datos disponibles.

c) El presupuesto global previsto, con el detalle del coste de cada una de las actuaciones previstas y las emisiones de dióxido de carbono que se asocian a cada una.

d) Las medidas de desarrollo comunitario y acción social inclusiva, que deben incluir el marco de participación ciudadana y los mecanismos concretos para impulsar el papel activo de los agentes sociales identificados en las áreas de atención especial, o las medidas para favorecer su aparición.

e) El calendario de desarrollo de las distintas acciones previstas y los recursos destinados para cada una, especificando la aportación que se propone de cada administración.

f) El modelo de gobernanza propuesto, que explicite tanto la distribución de tareas y responsabilidades entre los miembros del partenariado público-comunitario solicitante, en su caso, como la relación con las distintas administraciones públicas implicadas y otros agentes económicos y sociales.

g) Las intervenciones públicas en curso o proyectadas en el área de actuación.

h) La memoria del proceso participativo llevado a cabo para elaborar el programa memoria de intervención integral en caso de que se haya desarrollado formalmente.