Articulo 17 Medidas de re...as natural

Articulo 17 Medidas de refuerzo de protección de consumidores de energía y de contribución a reducción del consumo de gas natural

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Artículo 17. Utilización temporal de la capacidad reservada en los nudos de concurso.

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1. Con carácter excepcional, desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley el operador del sistema podrá otorgar permisos de inyección excepcional que permitirán incorporar en la red de transporte una potencia activa superior a la que recojan los permisos de acceso otorgados e inferior o igual la a la potencia instalada de la instalación de producción.

Estos permisos solo podrán otorgarse a instalaciones conectadas a la red de transporte que cuenten con autorización de explotación definitiva y se encuentren conectadas en nudos reservados a concurso de acceso de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre o en alguno de los nudos de transición justa definidos en anexo del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

2. Para el otorgamiento de un permiso de inyección excepcional, el titular de la instalación de producción deberá presentar al gestor de la red de transporte una solicitud que incluya tanto la potencia de inyección excepcional que se solicita, como la documentación necesaria que permita identificar la instalación y el nudo de la red de transporte al que se encuentra conectado. Asimismo, esta solicitud deberá acompañarse de toda la documentación necesaria para poder realizar los análisis señalados en este artículo.

En la ordenación de las solicitudes que se presenten en aplicación de este artículo, el gestor de la red de transporte deberá aplicar el criterio de prelación temporal.

3. Para la emisión del permiso de inyección excepcional el gestor de la red de transporte deberá analizar que se cumplen la totalidad de los siguientes requisitos:

a) Que la instalación se encuentre conectada a la red de transporte en alguno de los nudos reservados para concurso por resolución del titular de la Secretaría de Estado de Energía, de acuerdo con lo previsto en artículo 20 del Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, o en alguno de los nudos de transición justa definidos en anexo del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. En el caso de nudos reservados para concurso, deberá cumplirse no se haya resuelto ninguno de los concursos convocados en dichos nudos.

b) La existencia de capacidad de acceso reservada en el nudo de acuerdo con los criterios establecidos en la normativa en vigor en el momento de evaluar la solicitud.

c) Que, en el caso de que sean de aplicación, el solicitante haya aportado la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos técnicos de la totalidad de los requisitos establecidos en el Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, por el que se regulan aspectos necesarios para la implementación de los códigos de red de conexión de determinadas instalaciones eléctricas y su normativa de desarrollo que le sean de aplicación. A tal efecto, se entenderá que la capacidad máxima, tal como está definida en el artículo 4.4 de dicho real decreto, no variará con respecto a lo declarado en su permiso inicial.

4. Una vez el titular de la instalación haya respondido a los requerimientos de subsanación realizados por el gestor de la red de transporte, este dispondrá de un plazo de dos meses para otorgar o denegar el permiso de inyección excepcional y notificarlo al solicitante.

5. El incumplimiento de los requisitos establecidos en el Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, o de aquellos otros que pudiera contener el permiso de inyección excepcional otorgado relacionados con la operación del sistema supondrá la caducidad automática del mismo.

6. La resolución del concurso en los nudos en los cuales se hayan otorgado permisos de inyección excepcionales supondrá la caducidad automática de los mismos desde el primer día hábil del mes siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución del concurso.

7. En ningún caso, las eventuales discrepancias que pudieran surgir tendrán consideración de conflictos de acceso o de conexión.

8. Mediante Orden de la persona titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico se podrán desarrollar el procedimiento y los requisitos adicionales para el otorgamiento de los permisos de inyección excepcionales.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-10-2022 en vigor desde 20-10-2022