Articulo 17 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2002 C León
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Articulo 17 Medidas Economicas, Fiscales y Administrativas 2002 C. León

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Artículo 17. Modificación del artículo 8.

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Se modifica el apartado 1 del artículo 8 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, que queda redactado del siguiente modo:

«1. La gestión económico-financiera del sector público autonómico está sometida al control interno que se realizará por la Intervención General de la Administración de la Comunidad mediante el ejercicio de la función interventora y del control financiero con plena autonomía respecto de las autoridades, órganos y entidades cuya gestión controle, con la finalidad de procurar el mejor cumplimiento de los principios de legalidad, economía, eficiencia y eficacia, en los términos previstos en esta Ley».

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2002 en vigor desde 30-01-2003