Articulo 17 Medidas 1999 ...den social

Articulo 17 Medidas 1999 fiscales, administrativas y del orden social

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Artículo 17. Modificación de la Ley 39/1997, de 8 de octubre, por la que se aprueba el programa PREVER para la modernización del parque de vehículos automóviles, el incremento de la seguridad vial y la defensa y protección del medio ambiente.

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Se modifica el apartado 1.a) del artículo 3 de la Ley 39/1997, de 8 de octubre, por la que se aprueba el programa PREVER para la modernización del parque de vehículos automóviles, el incremento de la seguridad vial y la defensa y protección del medio ambiente, que quedará redactado de la siguiente forma:

«a) Que el vehículo para el desguace tenga más de siete años de antigüedad desde su primera matriculación.

Cuando la primera matriculación no hubiera tenido lugar en España, se requerirá, además de la antigüedad a que se refiere el párrafo anterior, que el vehículo para el desguace haya sido objeto de matriculación en España, al menos, seis meses antes de su baja por desguace.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1999 en vigor desde 01-01-2000