Articulo 17 Esquema Nacio...lectronica

Articulo 17 Esquema Nacional de Seguridad en el ambito de la Administracion Electronica

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Artículo 17. Protección de las instalaciones.

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Los sistemas se instalarán en áreas separadas, dotadas de un procedimiento de control de acceso. Como mínimo, las salas deben estar cerradas y disponer de un control de llaves.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-01-2010 en vigor desde 30-01-2010