Articulo 17 Creación del ... de Empleo

Articulo 17 Creación del Servicio Regional de Empleo

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Artículo 17. Régimen jurídico

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El régimen jurídico del Organismo será el establecido en el Capítulo V, Título I, artículos 25 a 31 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-07-2001 en vigor desde 11-07-2001