Articulo 17 por Creación ...lectrónico

Articulo 17 por Creación del registro electrónico

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Décimoséptimo. Excepciones por causa tecnológica.

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Los procedimientos previstos en los apartados 7, 8, 9 y 15 serán de obligado cumplimiento siempre que, en consonancia con lo indicado en el artículo 30.2 del Real decreto 1671/2009, no existan razones tecnológicas que coyunturalmente lo impidan.

En lo que concierne a lo indicado en el apartado 15.2.a) del presente acuerdo, si se produjeran las referidas circunstancias que, por el tiempo imprescindible, llevaran a la interrupción del servicio de asignación de CSV, el Registro General Electrónico Único sólo proporcionará una copia sellada de los documentos presentados.