Articulo 17 Asistencia Jurídica Gratuita de Cantabria -Derogado-
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Artículo 17. Notificación de la resolución.

Vigente

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La resolución de la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita se notificará en el plazo común de tres días al solicitante, al Colegio de Abogados y, en su caso, al Colegio de Procuradores, así como a las partes interesadas, y se comunicará al Juzgado o Tribunal que esté conociendo del proceso, o al juez decano de la localidad si aquel no se hubiera iniciado.

Las notificaciones y comunicaciones serán realizadas por el secretario de la Comisión.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 14-10-2008 en vigor desde 15-10-2008