Articulo 17 se aprueba el Plan de Lucha contra Incendios Forestales de Extremadura (Plan INFOEX)
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»Artículo 17. Requisitos de la Dirección Técnica de la Extinción.
Vigente
El director o directora técnica de la extinción será personal profesional que haya recibido formación acreditada específica sobre comportamiento del fuego forestal y técnicas adecuadas para su extinción.