Articulo 17 Aprovechamien...ón privada

Articulo 17 Aprovechamientos en montes o terrenos forestales de gestión privada

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Artículo 17. Contenido

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1. Las personas que presenten las declaraciones responsables reguladas en este decreto manifestarán expresamente a través del correspondiente formulario normalizado de uso obligatorio y bajo su responsabilidad:

a) Que cumplen con los requisitos establecidos en la normativa vigente para realizar el aprovechamiento forestal objeto de las mismas.

b) Que, en su caso, disponen de la documentación que así lo acredita y que la pondrán a disposición de la Administración cuando les sea requerida.

c) Que se comprometen a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a la realización del aprovechamiento.

d) Que la declaración responsable contiene datos veraces respecto a especies y volúmenes de aprovechamiento, y que no están infravalorados a fin de evitar el régimen de autorizaciones, ni sobrevalorados con un mayor volumen a efectos de obtener cobertura legal en materia de origen, trazabilidad y certificación forestal.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-05-2020 en vigor desde 09-06-2020