Articulo 17 Acceso al ent...asistencia

Articulo 17 Acceso al entorno de las personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 17. Sanciones.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las infracciones leves se sancionarán con multa de 150 a 350 euros.

2. Las infracciones graves se sancionarán con multa de 350,01 a 3.500 euros.

3. Las infracciones muy graves se sancionarán con multa de 3.500,01 a 12.500 euros.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004