Artículo 1695 Código del ... de Aragón

Artículo 169-5. Medidas de control.

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Artículo 169-5. Medidas de control.

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El mandante podrá establecer las medidas de control que estime oportunas y designar a las personas a quien corresponda su ejercicio. También podrá encomendarlo a la Junta de Parientes.

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