Artículo 1692 Código del ... de Aragón

Artículo 169-2. Aptitud para ser mandatario.

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Artículo 169-2. Aptitud para ser mandatario.

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1. Podrá ser mandataria toda persona mayor de edad en pleno ejercicio de su capacidad jurídica.

2. También podrá ser mandataria la persona jurídica sin finalidad lucrativa y entre cuyos fines figure la promoción de la autonomía y asistencia de las personas con discapacidad.

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