Articulo 168 sobre la marca de la Unión Europea
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»Artículo 168. Delegación de poderes
Vigente
La Comisión estará facultada para adoptar actos delegados de conformidad con el artículo 208 que precisen los pormenores sobre la organización de las salas de recurso, entre ellos el establecimiento y el papel del Presídium, la composición de la Gran Sala y las normas sobre los recursos que se le presenten, así como las condiciones en que deban adoptarse las resoluciones por un miembro único, de conformidad con el artículo 165, apartados 2 y 5.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-06-2017 en vigor desde 06-07-2017