Articulo 167 Reglamento marco de coordinación de las policías locales
Artículo 167. Pruebas de la fase de oposición
1. El orden de realización de las pruebas es el que determina el ayuntamiento correspondiente en la convocatoria.
2. Las pruebas de la fase de oposición serán las siguientes:
Escala básica:
a) Categoría de policía:
1.º Prueba de aptitud física.
2.º Prueba de conocimientos tipo test.
3.º Prueba de aptitud psicotécnica y de personalidad.
b) Categoría de oficial, acceso por promoción externa:
1.º Prueba de conocimientos tipo test.
2.º Prueba de desarrollo.
3.º Caso práctico.
4.º Prueba de aptitud psicotécnica y de personalidad.
c) Categoría de oficial, acceso por promoción interna:
1.º Prueba de desarrollo.
2.º Caso práctico.
3.º Prueba de aptitud psicotécnica y de personalidad.
Escala ejecutiva:
a) Todas las categorías por promoción externa:
1.º Prueba de conocimientos tipo test.
2.º Prueba de desarrollo.
3º. Caso práctico.
4º. Prueba de aptitud psicotécnica y de personalidad.
b) Todas las categorías por promoción interna:
1.º Prueba de desarrollo.
2.º Caso práctico.
3.º Prueba de aptitud psicotécnica y de personalidad.
Escala técnica:
a) Todas las categorías por turno libre y promoción externa:
1.º Prueba de conocimientos tipo test.
2.º Prueba de desarrollo.
3.º Caso práctico.
4.º Prueba de aptitud psicotécnica y de personalidad.
b) Todas las categorías por promoción interna:
1.º Prueba de desarrollo.
2.º Caso práctico.
3.º Prueba de aptitud psicotécnica y de personalidad.
- Artículo modificado por Decreto ley 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears
(BOIB de 16-06-2022) en vigor desde 16-06-2022