Articulo 166 Tasas y Precios Públicos de Navarra -Derogada-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 166. Sujetos pasivos.
Vigente
(NOTA: Con efectos a partir de 1 de enero de 2016)
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que sean receptoras de los servicios que constituyen el hecho imponible.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY FORAL 23/2015, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(BON de 30-12-2015) en vigor desde 31-12-2015