Articulo 166 Medidas tributarias 2007 Aragón
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»Artículo 166.-Exenciones.
Vigente
Están exentos del pago de la tasa los suministros de información medioambiental realizados entre entidades y órganos pertenecientes a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como los efectuados a entidades y órganos de otrasAdministraciones Públicas, excepción hecha de las entidades que integran la Administración corporativa.