Articulo 166 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 166.- Exenciones.
Vigente
Están exentos del pago de la tasa los suministros de información medioambiental realizados entre entidades y órganos pertenecientes a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como los efectuados a entidades y órganos de otras Administraciones públicas, excepción hecha de las entidades que integran la Administración corporativa.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014