Articulo 166 Derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia
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Articulo 166 Derechos y garantías de la Infancia y la adolescencia

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Artículo 166. Concurrencia con la acción protectora

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Cuando la persona que se encuentre cumpliendo una medida judicial esté bajo la tutela o guarda de la Generalitat, se establecerán los cauces de coordinación necesarios para que el programa de ejecución de la medida y el plan de protección se desarrollen sin mutuas interferencias y aprovechando las posibles sinergias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 24-12-2018 en vigor desde 25-12-2018