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Articulo 165 Medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y creación de impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, estancias en establecimientos turísticos, elementos radiotóxicos, bebidas azucaradas envasadas y emisiones de CO2

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Artículo 165. Modificación de la Ley 17/2003 (Cuerpo de Agentes Rurales)

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1. Se deroga la letra d del apartado 2 del artículo 9 de la Ley 17/2003, de 4 de julio, del Cuerpo de Agentes Rurales.

2. Se modifica la letra c del apartado 1 del artículo 10 de la Ley 17/2003, que queda redactada del siguiente modo:

«c) En cuanto a la escala básica, corresponden a los oficiales la coordinación, el control y la inspección de los agentes que tienen a su cargo, en los ámbitos territoriales o funcionales asignados. Corresponde a los agentes mayores, además de las tareas ejecutivas básicas, dirigir las actuaciones que puedan serles asignadas en función de su preparación y especialización, y cumplir las tareas cuya complejidad requiera más experiencia y capacitación técnica. Corresponden a los agentes las tareas de ejecución definidas por el capítulo II.»

3. Se deroga la letra d del apartado 1 del artículo 10 de la Ley 17/2003.

4. Se deroga la letra d del apartado 1 del artículo 12 de la Ley 17/2003.

5. Se modifica el apartado 4 del artículo 12 de la Ley 17/2003, que queda redactado del siguiente modo:

«4. En las convocatorias de acceso a las escalas superior y ejecutiva, en turno de promoción interna, los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales pueden acogerse a la dispensa de titulación, de acuerdo con lo dispuesto en este sentido por los artículos 15 y 16

6. Se modifica el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 17/2003, que queda redactado del siguiente modo:

«2. El acceso a la categoría de agente se realiza por el sistema de concurso oposición y requiere la superación de un curso selectivo y de un período de prácticas de seis meses de duración. Los períodos de prácticas se realizan en los servicios y las demarcaciones territoriales que, en función de su actividad, sean más adecuados para la formación integral de las personas aspirantes y el particular conocimiento de la estructura y el funcionamiento de las tareas asignadas al Cuerpo de Agentes Rurales, además de garantizar el conocimiento del territorio y de las tareas propias del ámbito rural.»

7. Se modifica el apartado 3 del artículo 14 de la Ley 17/2003, que queda redactado del siguiente modo:

«3. Están exentas de hacer el período de prácticas las personas que hayan prestado servicio en puestos de trabajo de la categoría de agente durante un mínimo de seis meses, siempre y cuando hayan obtenido una evaluación positiva.»

8. Se modifica el artículo 16 de la Ley 17/2003, que queda redactado del siguiente modo:

«Artículo 16. Acceso a la categoría de agente mayor y oficial u oficiala

»El acceso a la categoría de agente mayor y oficial u oficiala se hace por promoción interna, mediante el sistema de concurso oposición entre los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales que tengan una antigüedad de dos años de servicio activo en la categoría inmediatamente inferior y que superen el correspondiente curso selectivo de formación, organizado por la Escuela de Administración Pública de Cataluña.»

9. Se añade una disposición transitoria, la quinta, a la Ley 17/2003, con el siguiente texto:

«Disposición transitoria quinta. Acceso a la categoría de agente de la escala básica

»1. Los miembros del Cuerpo de Agentes Rurales de la categoría de agente auxiliar que se encuentren en servicio activo en esta categoría disponen de dos convocatorias para acceder a la categoría de agente de la escala básica. Estas convocatorias deben llevarse a cabo mediante un turno de promoción interna especial y deben realizarse conjuntamente con las dos primeras convocatorias de acceso a la categoría de agente de la escala básica.

»2. En las convocatorias de acceso a la categoría de agente de la escala básica están exentas de hacer el período de prácticas las personas que hayan prestado servicio en puestos de trabajo de la categoría de agente auxiliar durante un mínimo de seis meses, siempre y cuando hayan obtenido una evaluación positiva.»