Articulo 165 Medidas Fiscales y Administrativas 2013 de Aragón
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»Artículo 165. - Tarifas.
Vigente
La cuantía de la tasa se obtendrá, en función del número y tamaño de los documentos solicitados, aplicando una reducción del 50 por 100 a la que hubiera resultado de aplicar a los mismos las Tarifas 13, 14, 15 y 16 de la Tasa 03, por prestación de servicios administrativos, redacción de informes y otras actuaciones facultativas, del presente Texto Refundido.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-01-2014 en vigor desde 26-01-2014