Articulo 163 Medidas tributarias 2008 Aragón
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»Artículo 163. -Sujetos pasivos.
Vigente
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las entidades a que se refiere el artículo 13 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, que soliciten el suministro de la informaciónmedioambiental que constituye el hecho imponible.