Articulo 163 Medidas fiscales y administrativas 2003 de Andalucía
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»Artículo 163. Fiscalización de subvenciones electorales.
Vigente
Las referencias hechas por los artículos 48 y 49 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía, al Tribunal de Cuentas se entenderán realizadas a la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004